Empresa de Transporte de carga por carretera

POR Miguel Angel Garcia
23/05/2023

Puedes llamar a los propietarios de camiones solo para unos productos en especifico

 

 

¡Hola Apasionados del Transporte y la Logística!

 

Si tu decides contratar directamente con propietarios de vehículos para realizar el transporte de carga por carretera de tus mercancías sin necesidad de una empresa de transporte solo lo vas a poder hacer con unos productos que voy a nombrarte a continuación,

Si dentro de los productos que voy a nombrarte no está el que quieres enviar es mejor que evites una sanción por parte Se la Superintendencia de Puertos y transporte, porque la Ley es clara , según la resolución 10800 de 2003 reglamenta el formato de infracciones para el transporte 

 

👇🏼Mira este video done te lo explico todo👇🏼

 

 

Decreto para el Transporte de carga en Camiones:

DECRETO 2044 DE 1988 (septiembre 30) 

Por el cual se dictan disposiciones sobre el transporte de carga de productos especiales, en vehículos de servicio público de transporte de carga. 

El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades concedidas por la Ley 15 de 1959 y en desarrollo de los artículos 30, 32 y 39 de la Constitución Nacional, y 

CONSIDERANDO: 

Que es deber del Gobierno Nacional regular la industria del transporte terrestre público automotor de carga en todo el territorio de la Nación y fijar sus condiciones y requisitos; 

Que el Decreto 1452 de 1987 en su artículo 7 establece: 

“El servicio de transporte terrestre público automotriz de carga se prestará a través de empresas, entendiéndose por éstas las constituidas como personas jurídicas, cuyo objeto principal será el acarreo de bienes”; 

Que algunos animales y productos de primera necesidad requieren un tratamiento especial por los cortos recorridos y la alta frecuencia de los viajes, haciéndose necesario permitir su contratación directa entre el usuario y el propietario del vehículo para evitar sobrecostos al consumidor final, 

DECRETA: 

Artículo 1 El ganado menor en pie, aves, peces y productos que a continuación se relacionan en forma enunciativa, por sus singulares características de producción y acarreo, podrán movilizarse mediante contratación directa entre el usuario y el propietario del vehículo de servicio público o su representante: 

1. ANIMALES Ganado menor en pie, aves vivas y peces.

2 .PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL Huevos, leche cruda o pasteurizada y lácteos en general.

3. EMPAQUES Y RECIPIENTES USADOS Envases, guacales, tambores vacíos.

4.PRODUCTOS ELABORADOS cerveza, gaseosa y panela. 

5. PRODUCTOS DEL AGRO Aquellos cuyo origen se dé en el campo con destino a un centro urbano, excepto el café y productos procesados.

6. MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN: Ladrillo, teja de barro, piedra, grava, arena, tierra, yeso, balasto, mármol y madera. 

7 .DERIVADOS DEL PETRÓLEO: Gas propano, kerosene, cocinol, carbones minerales y vegetales envasados y empacados para venta directa al consumidor.

Artículo 2 Serán sancionados con multa de cinco (5) salarios mínimos mensuales vigentes, los propietarios de los vehículos que contraten directamente con los usuarios el transporte de animales y productos diferentes a los contemplados en el presente Decreto y a los que en el futuro autorice la Junta Directiva del Instituto Nacional del Transporte. 

Artículo 3 El procedimiento y competencia para establecer la violación o transgresión de las anteriores normas y su respectiva sanción, será el mismo señalado en los artículos 35, 36, 37 y 38 del Decreto 1452 de 1987. 

Artículo 4 Las autoridades de Tránsito serán las encargadas de velar por el estricto cumplimiento de la presente disposición. 

Artículo 5 Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a 30 de septiembre de 1988. 

Todo esto y más quiero que lo tengas en cuenta para evitar cualquier tipo de sanción al no saber a qué puede estar expuesto

S quieres saber más te invito a ver el Video donde encontraras varios ejemplos y algunas experiencias en cada uno de los tipos de productos mencionados anteriormente.

 

 

Contactarme para ayudarte! Clic aqui

 

 

 

 

Posdata : Si crees que está información le pueda ayudar a alguien porfavor compartela a esa persona, ella te lo va a agradecer.

 

 

Utilizamos cookies propias y de terceros para el análisis de tus hábitos de navegación y realizar estudios estadísticos, mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias y compartir o mostrar contenido de este sitio web en redes sociales. Si continúas navegando, consideramos que aceptas la utilización de cookies. Puedes obtener más información en nuestra Política de Cookies.